ELN Asesina niño en ambulancia


ELN ataca ambulancia en Antioquia.


Medellín 20-JUL-2002.- Dos personas heridas dejo un nuevo ataque de terroristas del frente Carlos Alirio Buitrago del ELN contra una ambulancia en el sitio La Mañosa sobre la autopista Medellín - Bogotá, municipio de Cocorna oriente del departamento de Antioquia.

La ambulancia de placas OMK-133 perteneciente al centro de salud del Corregimiento La Sierra de Puerto Nare fue atacada sin previo aviso por terroristas de esta organización ilegal cuando

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transitaba por esta vía, conduciendo de manera urgente a dos pacientes maternas remitidas a un centro de salud de la ciudad de Medellín dado su critico estado.

Con disparos de armas de fuego de largo alcance, hirieron a la auxiliar de enfermería Carmen Susana Montero Sánchez y Alonso Vásquez Hernández menor de 13 años, estudiante, quien acompañaba a las pacientes: Francia Elena Espinosa Escobar y Nubia Emilia Clavijo Cuervo, ambas en embarazo.

En un hecho similar ocurrido a mediados del mes pasado, en el mismo sector, un niño de seis años recibió un disparo de fusil en la cabeza cuando terroristas de la cuadrilla Carlos Alirio Buitrago atacó con armas de largo alcance al vehículo en el que el niño viajaba con sus padres.En los convenios y en el protocolo 3 común a los cuatro convenios, aplicado a todos los conflictos armados no internacionales, se estipula que el "personal medico, los medios de transporte sanitarios serán respetados y protegidos, mientras estos no se utilicen para realizar actos hostiles".

Sin embargo, en desarrollo del conflicto armado interno colombiano las organizaciones terroristas han incrementado sus ataques contra la misión medica, elevándose ya a 4 el número de ataques, estos le han costado la vida a tres mujeres en embarazo, a dos niños y dos hombres, población civil no combatiente. Las normas básicas del Derecho Internacional Humanitario, poco importan a los terroristas, el asesinato y la intimidación sigue siendo el arma predilecta de estos para someter a la población campesina.

El interés fundamental del Protocolo II y las normas fundamentales del DIH aplicables a los conflictos armados, indica que las partes en conflicto harán distinción en todo tiempo, entre población civil y combatientes, protegiendo a la población o "no combatiente" y los bienes civiles. "no deben ser objeto de taques ni la población civil como tal ni las personas civiles." Los ataques se dirigirán contra objetivos militares.

El ELN desconoce flagrantemente las normas contempladas en los articulos 10 "Protección general de la misión médica" y 11 "Protección de unidades y medios de transporte sanitarios" del protocolo II relativo a la protección de las victimas de los conflictos armados sin caracter internacional. Hechos como los referidos son perpetrados de manera constante por los diversos actores armados, en este sentido es necesaio que la CPI ya constituida y aprobada por un buen número de Estados se pronuncie al respecto.




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