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Sin embargo, en desarrollo del conflicto armado interno colombiano
las organizaciones terroristas han incrementado sus ataques contra
la misión medica, elevándose ya a 4 el número
de ataques, estos le han costado la vida a tres mujeres en embarazo,
a dos niños y dos hombres, población civil no combatiente.
Las normas básicas del Derecho Internacional Humanitario,
poco importan a los terroristas, el asesinato y la intimidación
sigue siendo el arma predilecta de estos para someter a la población
campesina.
El interés fundamental del Protocolo II y las normas fundamentales
del DIH aplicables a los conflictos armados, indica que las partes
en conflicto harán distinción en todo tiempo, entre
población civil y combatientes, protegiendo a la población
o "no combatiente" y los bienes civiles. "no deben
ser objeto de taques ni la población civil como tal ni las
personas civiles." Los ataques se dirigirán contra objetivos
militares.
El ELN desconoce flagrantemente las normas contempladas en los
articulos 10 "Protección general de la misión
médica" y 11 "Protección de unidades y medios
de transporte sanitarios" del protocolo II relativo a la protección
de las victimas de los conflictos armados sin caracter internacional.
Hechos como los referidos son perpetrados de manera constante por
los diversos actores armados, en este sentido es necesaio que la
CPI ya constituida y aprobada por un buen número de Estados
se pronuncie al respecto.
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